Diginidad: ¿En que momento se obtiene la dignidad humana?
"La dignidad del ser humano radica en el hecho de que es una persona, nadie lo otorga"
Fotografía de Shane Cary, mostrando su definición de dignidad
La dignidad hace referencia al valor del ser humano, por el solo hecho de ser persona. De esta manera podemos dividir la dignidad en tres: ontológica, moral y social. La dignidad ontológica no se puede perder, pues se da por el hecho de ser seres humanos. Sin embargo, de esta afirmación me nacen varios interrogantes como:
¿En que momento aparece dicha dignidad?
Si viene arraigado a la naturaleza humana ¿En que momento un feto que esta en gestación "obtiene" su dignidad como persona? ¿Al momento en que nace?¿Al momento en que fue concebido? o ¿quizás en un punto intermedio?
Tratando de hacer frente a estas preguntas y utilizando mi racionamiento, me di a la tarea de contestarlas. Primero al momento de nacer claramente existe un ser humano con el merecimiento de dicha dignidad, esto quiere decir que desde mi punto de vista, un bebe recién nacido ya posee dignidad y merece ser respetada. En el caso opuesto en el que la dignidad "se obtiene" en el momento de ser concebido el feto, estamos asumiendo que incluso hasta las células reproductivas de los seres humanos tendrían una dignidad implícita por el hecho de pertenecer a la naturaleza humana, pero como afirma Bullé-Goyri, 2013.
Al reducir lo humano a lo biológico, se niega también la posibilidad de comportamiento moral y de la responsabilidad que deriva precisamente de esas capacidades que caracterizan al ser humano
Así que para no tomar posturas encontradas o entrar al tema del aborto, prefiero asumir que dicha dignidad es proporcional al desarrollo del bebe dentro del periodo de gestación, aunque me queda un sin sabor por no conocer con certeza el motivo y el cuando saber en que momento "se obtiene" la dignidad humana, quizás tengo una mala interpretación del termino
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[1] Bullé-Goyri, V. M. M. (2013). Reflexiones sobre la dignidad humana en la actualidad. Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 46(136), 39-67.
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